mércores, 6 de febreiro de 2008

Solidaridade con Gixane.1

Gixane es una cartera rural que reparte el la Oficina de Milladoiro, a las puertas de Santiago.
Gixane es delegada de personal laboral de la CIG
Y lo es por merito propio.
Combativa, auténtica , valiente y coherente, fuera y dentro de su trabajo.
Todo un ejemplo de persona buena , sensible, valerosa y fuerte.

Hoy Gixane está en el punto de mira de la Jefatura.
Nunca le gustó su actitud reinvindicativa y su apoyo a los trabajadores.
y está reuniendo pruebas para despedirla.

Para ello, la dirección de Correos abrió varios frentes.
En la propia oficina, usando a su jefa inmediata.
Y por su zona de reparto, en concreto por la aldea de Ventín, donde unos sicarios estuvieron recogiendo firmas en su contra, con el animo de desacreditarla, ...
...pero solo consiguieron que doce personas les apoyaran.

Transcribimos la respuesta que en la misma prensa diaria le dió un usuario, que como tantos, están orgullosos de su cartera, Gixane.

"hai uns días unha persoa de ventin dedicouse a pasar polas casas dos veciños coa intención de recoller firmas contra a carteira rural que dende hai máis de sete anos sirve o correo nas nove aldeas do contorno.
con mentiras e manipulacións convenceu a 14 persoas das 64 que viven en ventin de que firmaran un escrito, sen fundamento nin probas, contra a nosa carteira, traballadora e persoa responsable, de quen a resta dos veins sentimonos satisfeitos polo seu bon servicio.
as circunstancias da vida, como sempre, permitiume coñecer a esta entrañable, intelixente e loitadora persoa a quen temos que agradecer, temos que lembrarlles, co servicio postal do milladoiro e aldeas rurais dependentes desta oficina fora mellorado. Xa daquelas, e a pesares de procurar a mellora do benestar xeral, atopouse co rexeitamento dalgunhas persoas, teimosas do foraneo, teimosas do diferente. O conto tenta repertise, e antes como agora intereses faltos de toda ética e rigor pretenden descualificar a nosa carteira.
quero facerte saber, animosa traballadora do correo rural, o mais sinxelo apoio. apoio que non teño a mais minima dúbida e compartido por todolos veíns da túa zona de reparto.
Cando as noticias dos últimos días falan de querer privar aos cidadans do rural deste servicio universal, estas persoas, o que tiñan que facer, e recoller firmas, non contra a nosa carteira, senon contra estas medidas.
unha agarimosa aperta carteira".
biduido, 29 de xaneiro de 2008

1 comentario:

solon dixo...

este es un casao más de acoso laboral o mobbing que de forma habitual viene realizando la dirección de zona de galicia contra los trabajadores de correos que de alguna manera quieren hacer valer sus derechos.
el acoso es una actitud de la que la mayoria de trabajadores y representantes sindicales no valoran en su justa medida. se trata pues ante todo de dar a conocer en que consiste y como se lleva a cabo.
la ley de riesgos laborales obliga al empresario a evitar este tipo de situaciones. sin embargo en correos la misma direccion la fomenta, incumpliendo la ley.
os paso algunas notas al respecto para conocimiento de todos:
Acoso laboral o mobbing

Acoso moral se recoge en la Nota Técnica Preventiva (NTP) 476 del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) como una situación en la que una persona o grupo de personas ejercen una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima o víctimas, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que finalmente esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo.

El mobbing no se desarrolla entre iguales sino que la víctima ocupa una posición de inferioridad, ya sea jerárquica o de hecho, respecto del agresor que puede ser llevada a cabo por un individuo o por varios, y que este individuo o individuos pueden ser tanto el propio empleador, como su representante o mando intermedio, o incluso sus propios compañeros de trabajo con una posición de facto superior.

El principal objeto del mobbing es hacerle el vacío al trabajador, es decir provocar su humillación y definitivo alejamiento del lugar de trabajo

Los co-agresores, es un grupo de personas donde el que ejerce el mobbing logra reunir a su alrededor convenciéndoles de la peligrosidad de la víctima y de la necesidad de neutralizarlo o incluso obligarle a marcharse. Los espectadores, son aquellos que no participan en el juego, no intervienen porque temen transformarse a su vez en víctimas.

Esta situación se puede dar en ambientes en los que, la cultura de control y de prevaricación, y la apropiacion de poder parece ser una cuestión casi
de vida o muerte.

El agresor suele engrandecerse a costa de rebajar a los demás y evitar cualquier conflicto interior al descargar sobre el otro la responsabilidad de lo que no funciona. Las técnicas perversas utilizadas son rechazar la comunicación directa, descalificar, aislar, no facilitar información e inducir al error.

A la víctima le suele ser difícil explicar la agresión en un ambiente en general predispuesto por el hostigador contra la misma. La víctima carece de pruebas y relatada aisladamente cada agresión resulta anodina. Aparece como demasiado sensible ante “mal entendidos” y “bromas”, y al final el hostigador logra su objetivo, la descalificación de la víctima por su entorno social. Al trabajador sólo le queda abandonar su puesto de trabajo para huir del agresor y sus cómplices.

Por lo tanto, el “acoso moral” o mobbing incluye en su definición dos tipos de comportamiento :

1)Por un lado, la persecución y acoso ejercitada por el empresario o sus representantes (tornándose “política de empresa”) frente a un trabajador o trabajadores por motivos de reorganización, de reducción de personal, etc., o con el simple objetivo de eliminar trabajadores incómodos (por motivos sindicales, personales del empleador, etc).
2) Y por el otro, la persecución y acoso recurrente que unos trabajadores, que ocupan una posición considerada de facto como superior, ejercen frente a otro u otros trabajadores ante la conducta pasiva del empleador y/o sus representantes.


Las formas con las que se pretende ocultar dicho problema por parte de los que dirigen la empresa son enormemente perversas:
1. Se argumenta que realizar críticas ácidas o bromas a costa de otro trabajador forma parte de la “naturalidad” del trabajo
2. Invocar a la naturaleza de toda relación humana y de todo grupo
3. La idea de unos cuantos latigazos ya va bien porque despertará a los indolentes, movilizaría a los perezosos, advertirá a los malintencionados y motivaría a los pasivos
4. Apelar a la esfera de la intimidad y maduración personal de los involucrados para de este modo no tener que intervenir.

De acuerdo con el artículo 14 LPRL es obligación del empresario la de “prevenir
el riesgo”, en este caso el que supone el acoso moral, y a tal fin ha de procurar, en
primer lugar, que este no llegue a producirse siguiendo para ello las políticas que
considere precisas.

Pero una vez producida esta situación de acoso moral o mobbing por parte de los
empleados a su servicio frente a otro trabajador de su empresa debe actuar respecto a
ella con los mismos principios que conducen el tratamiento de cualquier otro riesgo
laboral: la necesidad de analizar o valorar el riesgo valiéndose de expertos y de adoptar
las medidas que se consideren procedentes a fin de evitar un daño a la salud de los
trabajadores.

Tal y como señala la NTP 476 del INSHT existe una primera fase del conflicto
en la que éste comienza a manifestarse hasta que persiste y se hace crónico.

Después una segunda fase de comportamientos hostigadores grupales o
individuales en los que la persona agredida, otros compañeros de trabajo,
representantes sindicales o incluso los mandos de la propia dirección de la
empresa deciden no intervenir o mantenerse pasivos ante estas conductas.

Una vez que la dirección de la empresa tiene conocimiento de estas conductas,
bien ya sea a través de su servicio de prevención o trabajador designado para
actividades preventivas o directamente a través de sus propios mandos
intermedios o representantes sindicales, está obligada a intervenir analizando la
situación y adoptando las medidas correctoras procedentes, aplicando en este
punto la sistemática de la legislación vigente.


LPRL: LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
NTP: NOTA TÉCNICA PREVENTIVA
INSHT: INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO


denuncia las situaciones de acoso alli donde tengas conocimiento de ellas

Voceiro da CGT Correos A Coruña

Voceiro da CGT Correos A Coruña
Buzón rebelde