Hasta ahora sabíamos que el Gobierno era capaz de rectificar sobre la marcha cualquier decisión que hubiera anunciado. Hoy conocemos que esa capacidad de enmienda funciona también en Navidad. El Ministerio de Hacienda decidió este martes, día de Navidad, anunciar que devolverá a los funcionarios en el plazo de tres meses el importe de las cotizaciones correspondientes a la paga extraordinaria de diciembre, que les habían sido descontadas pese a que no se les abonara la citada paga, que el Gobierno decidió suprimir como medida de austeridad.
Con este regalo navideño, el Gobierno trata de enmendar el agravio que suponía que los funcionarios que cotizan por clases pasivas —la práctica mayoría de la Administración Central— hubieran visto como no solo no cobraban la paga extra, sino que su nómina de diciembre era inferior a la de noviembre puesto que les habían descontado un 3,86% por la cotización a la Seguridad Social correspondiente a la citada paga suprimida.
Más difícil aún es saber el importe medio que les será devuelto a cada funcionario. Tomando como referencia el salario medio de 29.811 euros de los empleados públicos que ofrecía la última Encuesta Salarial del INE de 2010, el importe medio a devolver a cada funcionario sería de en torno a los 80 euros.
El departamento que dirige Cristóbal Montoro conocía perfectamente esta circunstancia desde hace meses, en concreto, desde que se elaboraron los Presupuestos Generales del Estado.
¿Qué es lo que ha cambiado entonces? Aunque el portavoz de Hacienda no dio este martes una respuesta oficial a ese cambio de opinión a requerimiento de este diario, el hecho es que la respuesta del Ministerio se produjo horas después de que se difundiera, a través de la agencia Efe, la respuesta parlamentaria del propio Gobierno, en el que el Ejecutivo señalaba que es legal la cotización de los funcionarios por la paga extra de Navidad aunque este año no la cobren, porque la suspensión de dicha paga es independiente de la cuantía de las cotizaciones anuales de estos trabajadores.
El Ejecutivo explicaba que el pago de las cotizaciones “no está en función de las retribuciones”, sino del “haber regulador” que sirve de base para el cálculo de la pensión, y que establecen, para cada ejercicio, los Presupuestos Generales del Estado. Se trata por tanto de una cuota en cómputo anual, aunque se divide en catorce cuotas, y en junio y en diciembre se abonan por partida doble.
Para llevar a cabo esta aparente contradicción, el Gobierno contaba hasta ahora con una coartada legal: el decreto antidéficit del 13 de julio suprimió la paga extra de diciembre de los empleados públicos, pero dejó intacta la Ley de Clases Pasivas del Estado que en su artículo 23 obliga a cotizar por las 14 pagas.
Hacienda rectifica ahora y en una escueta nota “lamenta” el “impacto negativo que la falta de adecuación de la cuota por derechos pasivos y aportaciones a mutualidades por la paga extra de diciembre ha podido tener en el colectivo de los funcionarios”. Estos recibirán lo aportado en un plazo máximo de tres meses.
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